Estas normas complementan los contratos suscritos con Huertos Inteligentes Zaragoza S.L. (en adelante, «la Empresa») y son de obligado cumplimiento para todos los usuarios del huerto y sus zonas comunes.

Su objetivo es garantizar el uso adecuado de las instalaciones, la convivencia y el respeto al medio ambiente.

1. Ámbito de aplicación

Son aplicables a todos los Clientes y, en su caso, a los familiares o personas expresamente autorizadas por la Empresa para acceder a la parcela.

El Cliente será responsable del comportamiento de las personas que accedan por su invitación.

1.1 Cesión, duración y registro de usuarios

La autorización de uso de la parcela es personal e intransferible. La parcela se concede al Cliente por el periodo previsto en el contrato (por defecto, doce meses) y podrá renovarse por periodos sucesivos previa conformidad expresa de las partes.

El Cliente no podrá ceder, subarrendar, traspasar ni compartir la parcela con terceros sin autorización escrita de la Empresa. Cualquier cambio de titularidad requerirá la firma de un nuevo contrato.

El Cliente deberá comunicar por escrito a la Empresa el nombre y datos de las personas que vayan a colaborar de forma habitual en la parcela (personas autorizadas). La presencia continuada de personas no inscritas se considerará infracción grave. El número máximo de personas autorizadas por parcela será el fijado en el contrato o en su defecto tres (3), salvo autorización expresa de la Empresa.

2. Horarios de acceso

  • Horario de verano (1 de abril – 30 de septiembre): de 8:00 a 22:00 h.
  • Horario de invierno (1 de octubre – 31 de marzo): de 8:00 a 20:00 h.

Queda prohibida la permanencia en el recinto fuera de los horarios establecidos, salvo autorización escrita de la Empresa.

La Empresa podrá implantar sistemas de control de acceso (llaves, tarjetas o códigos). El Cliente y las personas autorizadas deberán portar su acreditación personal durante su estancia y exhibirla a requerimiento del personal. El registro de entradas y salidas podrá utilizarse para verificar el cumplimiento de horarios.

3. Uso ecológico, limitaciones y prohibiciones

Se deberán emplear exclusivamente métodos de cultivo ecológico. Queda prohibido el uso de fertilizantes químicos, herbicidas y pesticidas de síntesis o cualquier otro que la legislación pueda prever cómo prohibido.

Se prohíbe la utilización de semillas y plantas modificadas genéticamente o no autorizadas por la normativa vigente. Se recomienda el uso de semillas locales y variedades adaptadas al clima.

Se prohíbe plantar árboles de gran porte, especies invasoras o cultivos que proyecten sombra sobre parcelas vecinas. Los arbustos o pequeños frutales deberán situarse en el interior de la parcela y no superar 1,5 m de altura.

No se podrán instalar construcciones, techados, vallas, invernaderos, estanques, pozos, casetas, bancos de obra ni cualquier otra estructura fija o móvil sin autorización expresa de la Empresa. Se permite la instalación de invernaderos tipo túnel de altura inferior a 60 cm para adelantar o prolongar el cultivo, siempre que sean desmontables y se retiren cuando dejen de utilizarse. Toda estructura deberá ubicarse dentro de los límites de la parcela y no podrá fijarse a la valla perimetral ni sobresalir de los lindes.

La delimitación de cada parcela será siempre ligera, desmontable y de aspecto homogéneo, utilizando exclusivamente materiales de origen natural o de apariencia neutra. No se permitirá el uso de vallas metálicas, muretes de obra, bloques, palets, plásticos de colores llamativos ni otros elementos que alteren la estética unitaria del huerto.

La altura máxima de cualquier elemento de delimitación será de 100 cm, medidos desde el nivel del camino.

La delimitación deberá ser permeable a la vista (no se admitirán cerramientos opacos tipo paneles, lonas publicitarias, etc.).

La organización podrá requerir al usuario la retirada o adaptación de cualquier elemento que no se ajuste a esta norma. En caso de no hacerlo en el plazo indicado, la retirada podrá realizarla la organización, repercutiendo los costes al usuario.

Queda prohibido modificar unilateralmente la superficie de la parcela, desplazar las piedras o bordes u ocupar caminos. Los lindes deberán consensuarse con los vecinos y cualquier conflicto será resuelto por la Empresa.

Está prohibido el uso de plásticos no biodegradables para acolchados o cubiertas; deberán emplearse materiales orgánicos (paja, compost) o mallas biodegradables.

Se aconseja utilizar sistemas de riego por goteo o similares. Dejar el riego abierto sin vigilancia o de forma continuada será considerado infracción grave y podrá comportar un recargo en la cuota para cubrir el consumo excesivo de agua.

Queda terminantemente prohibido:

  • Encender fuegos, barbacoas u hogueras sin la autorización específica de la Empresa.
  • Depositar basura, escombros, electrodomésticos, envases u otros residuos no vegetales.
  • Utilizar la parcela como almacén de materiales o vehículos o almacenar materiales, herramientas o enseres fuera de la parcela o en los caminos comunes.
  • Producir ruidos molestos, fiestas o reuniones multitudinarias.
  • Vender o comercializar los productos cultivados.
  • Introducir animales de compañía, aves de corral o ganado. Solo se permitirá la entrada de perros guía o animales de asistencia debidamente acreditados.
  • Subarrendar, ceder, prestar o permitir el uso del huerto a terceras personas no autorizadas.
  • Utilizar maquinaria motorizada (motocultores, motosierras u otras máquinas de combustión) sin autorización expresa de la Empresa.

Las herramientas personales deberán guardarse en arcones autorizados o retirarse al finalizar la jornada. Queda prohibido dejar herramientas, plásticos, mallas, alambres u objetos punzantes de forma no controlada que puedan provocar accidentes.

Todos los residuos, tanto orgánicos como inorgánicos, deberán separarse y depositarse en los recipientes o áreas destinadas al compostaje o al reciclaje. Se prohíbe abandonar restos de plástico, mallas, alambres o residuos peligrosos en la parcela o en las zonas comunes.

4. Obligaciones de los Clientes

  • Mantener la parcela en buenas condiciones de cultivo y limpieza. Se deberán retirar malas hierbas y restos de cosechas con regularidad.
  • Conservar las herramientas, instalaciones, riego y caminos comunes; cualquier avería deberá notificarse inmediatamente a la Empresa. El uso indebido del agua y las instalaciones de riego podrá dar lugar a recargos o sanciones.
  • Respetar las parcelas colindantes y las zonas comunes; está prohibido invadir, pisar o usar parcelas ajenas. Mantener la delimitación conforme a los criterios de altura y materiales y no invadir los caminos.
  • Hacer un uso responsable del agua, utilizando los sistemas de riego autorizados y cerrando la toma de agua una vez concluida cada sesión de riego. Dejar el riego abierto de forma continuada se considerará infracción grave.
  • Separar y depositar todos los residuos generados en los recipientes o áreas destinadas al compostaje y al reciclaje. Mantener la parcela y el camino adyacente libres de residuos y herramientas.
  • Avisar por escrito cuando no se vaya a cultivar la parcela durante más de quince (15) días y mantenerla desbrozada en todo caso.
  • Participar en las jornadas de mantenimiento y limpieza de las instalaciones que la Empresa convoque.
  • Comunicar por escrito cualquier avería, anomalía, acto vandálico o situación de riesgo a la Empresa para su resolución.
  • Atender las instrucciones del personal de la Empresa y las indicaciones de seguridad en todo momento.

5. Responsabilidad civil y seguros

La Empresa no se hace responsable de hurtos, robos, actos vandálicos o daños derivados de fenómenos meteorológicos que puedan afectar a las parcelas, instalaciones o cultivos.

El Cliente asumirá la responsabilidad civil por los daños que él, las personas autorizadas o sus acompañantes puedan causar a terceros o a las instalaciones, respondiendo con sus bienes. Se recomienda la contratación de un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños a terceros y se podrá exigir su presentación cuando así lo determine la Empresa.

6. Régimen sancionador

Las infracciones de estas normas se clasifican en leves, graves y muy graves:

1. Infracciones leves: retraso en el pago de rentas inferior a 15 días; pequeños descuidos en la limpieza; acceso fuera de horario de forma ocasional; colocación ocasional de objetos en los caminos; uso indebido de pequeños elementos de riego; falta de acreditación ocasional.

Sanción: apercibimiento escrito y subsanación en un plazo de 7 días.

2. Infracciones graves: impago de una mensualidad; instalación de estructuras sin permiso; uso de productos prohibidos (fertilizantes químicos, pesticidas de síntesis); plantación de especies no permitidas o transgénicas; abandono de la parcela durante más de un mes; cesión no autorizada a terceros; molestias reiteradas a otros usuarios; presencia continuada de personas no autorizadas; uso de sistemas de riego no autorizados o dejar el riego abierto; entrada de animales; uso de maquinaria motorizada sin permiso; no separar los residuos; no respetar los límites de la parcela o invadir caminos.

Sanciones: suspensión del uso durante un (1) mes, multa económica proporcional al daño (hasta el importe fijado por la Empresa) y obligación de reparar daños.

3. Infracciones muy graves: impago de dos o más mensualidades; utilización de la parcela para fines comerciales; incendios o daños a instalaciones; robos o hurtos de hortalizas o materiales de parcelas ajenas; agresiones o amenazas al personal o a otros usuarios; reincidencia en infracciones graves; introducción de semillas transgénicas; instalación de estructuras permanentes pese a advertencias; alteración grave o reiterada de la convivencia; atentados contra el medio ambiente.

Sanciones: resolución del contrato, pérdida total de la fianza y reclamación de daños y perjuicios.

Procedimiento sancionador

La Empresa comunicará por escrito al Cliente la infracción observada, la sanción propuesta y el plazo para presentar alegaciones (mínimo 10 días naturales).

Recibidas las alegaciones o transcurrido el plazo, la Empresa dictará resolución motivada en un plazo máximo de 15 días naturales, que podrá confirmar, modificar o anular la sanción. La resolución se notificará por escrito y producirá efectos desde el día siguiente a su notificación.

En caso de sanción de suspensión o resolución, el Cliente deberá cesar la actividad y desalojar la parcela en el plazo señalado. El incumplimiento facultará a la Empresa para entrar en la parcela y retirar las pertenencias del infractor a su costa.

7. Modificación de las normas

La Empresa podrá modificar estas normas por motivos de interés general, medioambientales, de seguridad o para adaptarse a cambios legislativos. Las nuevas normas se notificarán por escrito a los Clientes y entrarán en vigor transcurridos quince (15) días desde la notificación.

Si las modificaciones supusieran un perjuicio significativo para el Cliente, este tendrá derecho a resolver el contrato sin penalización, comunicándolo por escrito a la Empresa dentro del plazo de quince (15) días desde la notificación de los cambios.

8. Aceptación

La firma del contrato implica la aceptación íntegra de estas normas, incluidas las modificaciones que en cada momento se aprueben y notifiquen. El desconocimiento de alguna disposición no exime de su cumplimiento.